RA 23/2016

Calendario 2017

Ref.: Calendario 2017

El Presidente del CAM-CCBC (Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio Brasil-Canadá), en uso de las facultades asignadas por el artículo 2.6., alinea (c), del Reglamento del CAM-CCBC, aprobado el 01 de septiembre de 2011, informa que no habrá expediente en el CAM-CCBC en las siguientes fechas 2017:

 

Fecha
Día de la semana
Feriado
25/01/2017 Miércoles Aniversario de la ciudad de São Paulo
27/02/2017
Lunes
Carnaval
28/02/2017
Martes
Carnaval
01/03/2017
Miércoles Miércoles de Ceniza
14/04/2017
Viernes Viernes Santo
21/04/2017
Viernes Tiradentes
01/05/2017
Lunes Día del Trabajo
15/06/2017
Jueves Corpus Christi
16/06/2017
Viernes (Extensión del feriado) Corpus Christi
07/09/2017
Jueves Independencia
08/09/2017
Viernes (Extensión del feriado) Independencia
12/10/2017
Jueves Nuestra Señora Aparecida
13/10/2017
Viernes (Extensión del feriado) Nuestra Señora Aparecida
02/11/2017
Viernes Día de los muertos
03/11/2017
Sexta-feira
(Extensión del feriado) Día de los muertos
15/11/2017
Miércoles Proclamación de la República
20/11/2017
Lunes Día de la Consciencia Negra

 

Se considerarán días laborables aquellos en los que haya expediente en el CAM-CCBC. En el caso de las notificaciones, comunicaciones u otros actos realizados en día que no hay expediente en el CAM-CCBC, éstos se considerarán realizados en el día laborable siguiente.

Asimismo, los plazos con vencimiento en día que no hay expediente en el CAM-CCBC se extenderán al primer día laborable siguiente[1], según el artículo 6.6.2[2] del Reglamento.

Además, para mejor organización de los trabajos, tengan en cuenta que el CAM-CCBC estará en receso del 20 de diciembre de 2017 hasta el 07 de enero de 2018.

 

Receso
Fecha
Día de la semana
Inicio
20/12/2017
Miércoles
Fin
07/01/2018
Lunes

 

São Paulo, 20 de diciembre de 2016.

Carlos Suplicy de Figueiredo Forbes

Presidente del CAM-CCBC


[1] Así, por ejemplo, si la notificación es recibida en día no laborable, tales como sábado o domingo, a efectos de cómputo de plazo, se considerará como recibida el día hábil siguiente, generalmente lunes.

 

[2]Artículo 6.6.2 del Reglamento del CAM-CCBC. El plazo se considerará prorrogado hasta el primer día laborable si la fecha de vencimiento cae en día sin expediente en el CCBC CAM.