RA 22/2016

Honorarios Arbitrales en los casos de sustitución del árbitro en el curso del procedimiento arbitral – Tabla de Gastos del CAM-CCBC

Ref.: Honorarios Arbitrales en los casos de sustitución del árbitro en el curso del procedimiento arbitral – Tabla de Gastos del CAM-CCBC, en vigor a partir del 01 de enero de 2015

El Presidente del CAM-CCBC (Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio Brasil-Canadá), en uso de las facultades asignadas por el artículo 2.6., alinea (c), del Reglamento del CAM-CCBC, aprobado el 01 de septiembre de 2011, con el objetivo de dar mayor previsibilidad y transparencia a importes adeudados a título de honorarios de los árbitros, resuelve, en complementación a la Resolución n° 16/2016, establecer los criterios que se adoptarán para el pago de los honorarios a los árbitros en los casos de sustitución en el curso del procedimiento arbitral.

En este caso, el CAM-CCBC adoptará los parámetros detallados en la siguiente tabla:

 

Antes de la Constitución del Tribunal Arbitral Después de la Constitución del Tribunal Arbitral hasta la firma del Término de Arbitraje Después de la Firma del Término de Arbitraje Después del cierre de la instrucción, cuando no es necesaria la audiencia de instrucción
Renuncia
0%
0%
Hasta el 20%
Hasta el 50%
Muerte o incapacidad
0%
0%
Hasta el 20%
Hasta el 50%
  1. Alejamiento proveniente de impugnación

En los casos de alejamiento del árbitro determinado por el Comité Especial constituido con arreglo al art. 5.4 del Reglamento, los miembros del Cuerpo de Árbitros constituidos para juzgar la impugnación presentarán propuesta sobre la cuota de honorarios debida y, si aplicable, la posible devolución a las partes de los valores anticipados.

  1. Recomposición de los honorarios en los casos de sustitución de árbitros

En los casos en que se requiere el reemplazo de árbitros, la Secretaría del CAM-CCBC enviará a las partes las facturas para la provisión de la complementación de los honorarios, observadas las cantidades pagadas al árbitro sustituido.

  1. Constitución del árbitro con honorarios parciales

Mediante solicitud presentada por las partes de forma justificada y autorización de la Dirección del CAM-CCBC, la Secretaría podrá consultar al árbitro substituto sobre la posibilidad de actuar en el procedimiento cobrando tan sólo los honorarios provisionados restantes.

  1. Alejamiento por hecho superveniente asignable al árbitro

Caso el alejamiento o renuncia se haga por hecho fortuito asignable al árbitro, la Dirección del CAM-CCBC decidirá sobre el valor final de los respectivos honorarios y, en este caso, determinará la eventual devolución de los valores anticipados.

  1. Consulta a los árbitros

En todos los casos mencionados, los árbitros serán consultados y pueden presentar sus consideraciones al CAM-CCBC, para la adecuación de las proporciones descritas en esta resolución. La Dirección del CAM-CCBC examinará las ponderaciones de los árbitros, teniendo en cuenta la complejidad del caso, las decisiones dictadas en el deslinde del arbitraje, el informe de horas de trabajo, entre otros y podrá cambiar el porcentaje indicado en la tabla anterior.

***

Los casos omisos serán decididos por la Dirección del CAM-CCBC.

São Paulo, 10 de octubre de 2016.

Carlos Suplicy de Figueiredo Forbes

Presidente del CAM-CCBC