NORMA DE FACTURACIÓN

Norma de facturación

1. Objetivo

Esta norma tiene como objetivo disciplinar los criterios y los procedimientos adoptados por la Gestión Financiera de ADR (Área Financiera del CAM-CCBC) para la facturación a las Partes, de los montos previstos en el Reglamento y Tabla de Gastos del CAM-CCBC.

2. Aplicación

Esta norma se aplica a todas las Partes definidas en los Procedimientos del CAM-CCBC – Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio Brasil-Canadá.

3. Definiciones y conceptos

  • Facturación: método de provisión de montos adoptado por la CCBC con la finalidad de administración de los procedimientos ADR;
  • ADR – Alternative Dispute Resolution: métodos alternativos o adecuados de resolución de conflictos. Son ejemplos de ADRs: Arbitraje, Mediación, Controversias sobre Registro de Nombre de Dominio y otros métodos de solución de controversia;
  • Partes: toda persona (física o jurídica) que posee procedimiento en curso objetivando la resolución de controversias;
  • Montos previstos: tasa de administración, honorarios, fondo de gastos y pericia.

4. Premisas

Son premisas del método de facturación:

  • El aprovisionamiento de los montos indicados en la Tabla de Gastos aplicable y realizado por las Partes;
  • La emisión de las notas de cobro en moneda de la República Federativa de Brasil (Real).

5. Método de facturación

Las Partes deberán estar enteradas, por medio de sus abogados, del método de facturación adoptado:

  • Cada una de las Partes integrantes de los 02 (dos) polos del procedimiento recibirá la nota para recaudar la cuota parte de los montos debidos¹, salvo previsión en contrario en la cláusula compromisoria, determinación de la Presidencia del CAM-CCBC o del Tribunal Arbitral;
  • Los montos debidos por cada polo serán rateados igualmente entre todas las Partes que lo componen;
  • La razón social y el CNPJ (Registro Nacional de Persona Jurídica) utilizados para la facturación serán aquellos indicados en la calificación presentada por las Partes;
  • La nota y respectivo boleto serán emitidos y encaminados en formato electrónico al/a los abogados(s) constituido(s) por las Partes;
    • El boleto bancario es el instrumento adoptado por el CAM-CCBC para recibir los montos cobrados;
    • No se aceptarán depósitos, salvo orientación y/o autorización específica de la Secretaría del CAM-CCBC. Los depósitos autorizados serán reconocidos por la CCBC solamente tras el envío electrónico de los comprobantes y debida identificación.

¹Conforme el Reglamento del CAM-CCBC y Tabla de Gastos aplica, disponible en www.ccbc.org.br

5.1 Partes domiciliadas en el extranjero

De acuerdo con las exigencias de las instituciones bancarias, el número del CNPJ o CPF (Registro de Persona Física) es obligatorio para la emisión del boleto bancario. Para las Partes domiciliadas en el extranjero y que por consecuencia no posean un número de CNPJ o CPF, la facturación será emitida considerando la remesa internacional como forma de pago para la CCBC.

Alternativamente y cuando manifestado por las Partes en el plazo indicado en el ítem 6, se podrá hacer el pago en Brasil desde que indicado uno de los responsables por el pago:

  • El Representante de la Parte en Brasil;
  • El abogado en Brasil.

5.2. Monto de causa en moneda extranjera

En los casos de declaración de monto de causa en moneda extranjera, se aplicará la conversión para la moneda Real a la fecha del protocolo del procedimiento en el CAMCCBC.

6. Alteración del método de facturación

Las Partes podrán solicitar alteraciones en el método de facturación indicado (ítem 5 y sub-ítem 5.1), observando que:

  • La solicitud deberá ser presentada en hasta 03 (tres) días hábiles contados desde el protocolo del requerimiento en el CAM-CCBC para inicio del procedimiento (Polo Requirente/Solicitante), o de su respuesta (Polo Requerido/Solicitado);
  • En caso de que el pedido para alteración del método de facturación sea deferido por la Secretaría del CAM-CCBC, se aplicará la instrucción en todas las facturaciones futuras del procedimiento.

En la ausencia de cualquier manifestación en el plazo indicado, se adoptará el método de facturación descrito en el ítem 5.

7. Dudas

Dudas no aclaradas en esta Norma deberán ser encaminadas a la Gestión Financiera de ADR, vía e-mail [email protected], o teléfono (11) 4058-0414.